¿Es posible un Mercado Único Digital
europeo?
Hace no mucho tiempo
atrás, si uno quería comprar una mesa para su vivienda, simplemente se dirigía
al carpintero y con él negociaba todos los aspectos en torno a la compraventa
del bien. Posteriormente, aparecieron las pequeñas tiendas de muebles, de
carácter local, por lo que igualmente el procedimiento era acercarse al
establecimiento en cuestión y decidir in
situ, pero era el comerciante quien ofrecía su limitado stock, aunque conservando
en cierta medida la posibilidad de negociar el trato. Corriendo el tiempo,
fueron imperando los grandes almacenes, con un gran stock para ofrecer y con
catálogos repletos de infinitas ofertas.
Actualmente, si bien
continúan reinando los grandes almacenes con tienda física donde se puede
adquirir prácticamente de todo, se hace patente el imparable ascenso de las
cifras que mueve el comercio electrónico, 20.000 millones de € durante 2015
sólo en España, lo cual se traduce en un incremento del 20 % con respecto al
año anterior. Esta dinámica es irreversible, y eso lo saben los gerifaltes de
la UE.
En cuanto al marco
normativo del comercio electrónico en España, llama la atención lo variado de
las regulaciones que confluyen sobre el tema: la ley de consumidores y
usuarios (TRLGDCU), pues se trata de un
contrato a distancia (art. 92 de la ley); la ley de servicios de sociedad de la
información y comercio electrónico (LSSICE); las leyes que regulan la
publicidad; la ley de protección de datos (LOPD); además de toda la normativa
sectorial correspondiente según el tipo de producto o servicio que se oferta o
contrata a través de internet.
Considerando el referido
maremágnum normativo que regula el e-commerce
y debido a que es generalizable para casi la totalidad de los Estados miembros de
la UE, Andrus Ansip, vicepresidente de la Comisión europea y comisario
responsable del Mercado Único Digital, ha declarado recientemente lo siguiente:
«Cada vez más personas, empresas y servicios
públicos se están digitalizando. Pero todavía son demasiados los que se
enfrentan a problemas tales como una falta de cobertura de Internet de alta
velocidad o una administración electrónica transfronteriza, así como a
dificultades en la compra y venta transfronterizas. Tenemos que corregir esa
situación. Y eso es lo que pretende hacer nuestra Estrategia para el mercado
único digital. Las primeras propuestas en el marco de esa Estrategia impulsarán
el comercio electrónico y la conectividad. Todas nuestras propuestas estarán
sobre el tapete este año, y animo a los Estados miembros de la UE a no perder
tiempo a la hora de respaldarlas. Esas propuestas les ayudarán a incrementar su
rendimiento digital y sus economías». La UE pretende luchar por la primacía
en digitalización, que actualmente ostentan Japón, Estados Unidos y Corea del
Sur.
A título meramente
ilustrativo, no son cuestión baladí algunas cifras a nivel comunitario, tales
como: el 65 % de los internautas europeos compran en línea; de entre ellos, únicamente
el 16 % de las pymes venden online, y menos de la mitad de ellas realizan ventas
transfronterizas a través de ese canal (el 7,5 %). Por su parte, en Reino Unido
han ido un paso más allá: no sólo cuentan con una regulación del contenido
digital (al igual que los Países Bajos), sino que actualmente el 51% de las
transacciones electrónicas del país se hacen vía móvil, en lugar de usar el
ordenador tradicional.

En el mismo orden de
cosas, se pretende poner fin a la injustificada práctica del bloqueo geográfico al acceso de los
consumidores a bienes y servicios online en base a su dirección IP, su
dirección postal o el país emisor de su tarjeta de crédito, lo cual pasaría,
para empezar (aunque no únicamente), por una mejor aplicación y clarificación
de la legislación ya existente, en particular del artículo 20.2 de la Directiva
europea de servicios (el principio de no discriminación). Desde las
instituciones europeas se insta a aprovechar las oportunidades que ofrecen las
nuevas tecnologías, tales como el Big
Data, Cloud Computing, Internet de las Cosas (IoT) y la impresión 3D,
así como los nuevos modelos de negocio nacidos de la economía colaborativa, v.
g. Uber, Ebay y Airbnb. Más aún, no se olvidan los comisarios europeos de los
derechos de autor, las telecomunicaciones (el denostado roaming, en proceso de desaparición), el IVA (con escasa previsión
de cambio en cuanto a las diferencias cuantitativas), los medios audiovisuales
y la administración electrónica (principio de “sólo una vez” en la petición de
información). Además, se torna imprescindible la revisión de la Directiva sobre
gestión de datos personales en comunicaciones electrónicas (e-Privacy) para
sincronizarla con la normativa comunitaria de protección de datos, cuyo
reglamento está siendo objeto de actualización en estos momentos.
Como expresión
palpable de los intentos de unificación del mercado, hace escasos días se
presentaba la plataforma europea para la resolución de conflictos en compras
online, pero es relevante puntualizar que a día de hoy en España no hay
organismos de resolución de litigios, por lo que el consumidor aún no podrá
usar este medio para resolver cuestiones derivadas de la contratación con empresas de nuestro país, aunque sí de
otros.
A pesar de que todo
lo comentado en este post aún se encuentra en período de negociación y
realmente no conocemos en qué se traducirá, la senda parece ser la adecuada y
la Comisión europea, siguiendo su autoimpuesta hoja de ruta y tal como precisó
el Sr. Ansip, publicó el pasado diciembre dos propuestas en forma de
Directivas: en primer lugar, acerca de los contratos para el suministro de
contenidos digitales y, en segundo lugar, en torno a los contratos para la
venta online y otras ventas de bienes a distancia.
Entretanto, dicen los
expertos que mientras persista la inexistencia de un marco online común, se
continuarán perdiendo miles de millones de euros, ya que la eliminación de
barreras normativas motivaría un incremento descomunal de las compraventas
online, caerían los precios del retail,
aumentaría el consumo doméstico y se incrementarían las exportaciones. Y es que
por mucho que los países pretendan llevar a cabo medidas proteccionistas, la
globalización ha dejado meridianamente claro el mensaje de que no se le pueden
poner puertas al campo. Ahora bien, el proceso debería ser armonizado para
darle al consumidor lo que necesita, confianza y seguridad al enfrentarse a lo
desconocido.
Cecilio Criado Ruz
Abogado
FERNÁNDEZ-PALACIOS ABOGADOS
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