lunes, 18 de mayo de 2015

EL MUNDO DE LAS MARCAS Y LA MÚSICA

A día de hoy ya no existen dudas de que los signos no fonéticos ni visuales pueden convertirse en marcas. La Ley de marcas española y el Reglamento de marcas comunitario admite todo signo siempre que sea susceptible de representación gráfica y, desde luego, el pentagrama constituye un sistema de signos claro, objetivo, duradero, preciso, completo y autosuficiente por sí mismo. Además, es fácilmente accesible al común de los mortales.


El Tribunal de Justicia de las Comunidades ha sentado jurisprudencia y doctrina en dicho sentido: La representación de un pentagrama es suficiente para satisfacer el requisito de la representación gráfica. La OAMI incluso llega a más: admite que al momento de la presentación telemática de una nueva marca, se anexe al formulario un archivo musical en formato mp3 y con un peso no superior a un mega.



Diferente, sin embargo,  debe ser el régimen de sonidos como marcas, si aquellos nos son música, es decir, si precisan de un sistema diferente al pentagrama para representarse gráficamente a la vista, puesto que tal vez ese sistema adolezca de la objetividad y el carácterinequívoco de aquél.


Por todos, el más llamativo de los supuestos fue el intento de protección del rugido del león por parte de la Metro Goldwin Mayer. Hubo en aquella ocasión de hacerse uso del sistema de sonogramas, que apto para la representación gráfica de una subida o bajada de tono y de fuerza, no lo es para representar un rugido como tal, no pudiéndose distinguir por vía de ejemplo del mugido de una vaca. 


Sonograma: rugido de león

No teniendo una certeza absoluta de lo que realmente es objeto de protección, se atenta contra un principio elemental para las marcas, cual es el de la distintividad. ¿En qué medida un rugido puede ser marca si cuando se representa gráficamente, se pueden distinguir las subidas y bajadas, pero no si es una vaca o un león quien emite el sonido?

Pero no solo pensemos en los animales. ¿Podríamos registrar como marca el grito de Tarzán?

Cristina Jiménez Díaz  Cristina Jiménez Díaz
                                         Abogado
                                         FERNÁNDEZ-PALACIOS ABOGADOS

No hay comentarios:

Publicar un comentario